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Desde 2026 es ilegal exigir la Constancia de Situación Fiscal para emitir una factura


Desde 2026 es ilegal exigir la Constancia de Situación Fiscal para emitir una factura. La reforma al Código Fiscal protege a los contribuyentes y sanciona a los negocios.
Por Redacción | 19 Enero, 2026
Nacional

Desde 2026 es ilegal exigir la Constancia de Situación Fiscal para emitir una factura

 

A partir de 2026, una práctica común y molesta para millones de contribuyentes en México quedó formalmente tipificada como infracción fiscal: ningún negocio puede condicionarte la emisión de una factura a la entrega de tu Cédula de Identificación Fiscal o tu Constancia de Situación Fiscal.

Si un comercio o prestador de servicios lo hace, está incumpliendo la ley, de acuerdo con un comunicado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

La modificación busca erradicar una práctica que se normalizó, pese a no tener sustento legal, y que trasladaba cargas administrativas indebidas a las personas consumidoras.

 

La reforma al Código Fiscal que cambió las reglas del juego

El cambio quedó establecido en el Código Fiscal de la Federación (CFF) tras una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de noviembre de 2025.

La modificación afectó directamente al artículo 83, fracción IX, al incorporar un nuevo supuesto de infracción relacionado con la expedición del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).

La reforma entró en vigor el 1 de enero de 2026 y forma parte de un paquete de cambios que buscan:

  • Fortalecer la fiscalización

  • Otorgar mayor certeza jurídica

  • Proteger a las y los contribuyentes frente a exigencias indebidas

En este caso, el foco se centró en proteger al cliente final.

 

Qué datos sí te pueden pedir para emitir un CFDI

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, para emitir una factura el cliente solo está obligado a proporcionar:

  • RFC

  • Nombre o razón social

  • Código postal

  • Uso del CFDI

Nada más.

La Constancia de Situación Fiscal y la Cédula de Identificación Fiscal no son requisitos legales para facturar, como lo subraya Prodecon.

Una vez timbrado el CFDI, el emisor debe entregar o poner a disposición del cliente:

  • El archivo electrónico del comprobante

  • La representación impresa, si esta es solicitada

 

La infracción fiscal: qué dice la ley y a quién aplica

Condicionar la expedición del CFDI a la presentación de documentos no obligatorios ya constituye una infracción formal, conforme al artículo 83, fracción IX del CFF.

La sanción se encuentra prevista en el artículo 84, fracción VI, del mismo ordenamiento.

Esta infracción aplica directamente a las personas contribuyentes emisoras de facturas, es decir:

  • Comercios

  • Prestadores de servicios

  • Empresas

El mensaje de la autoridad es claro: la carga administrativa no puede trasladarse al cliente.

 

Por qué las autoridades tomaron esta decisión

Según la Prodecon, la autoridad fiscal detectó que esta práctica se había generalizado, pese a exceder lo establecido en la ley.

Muchos negocios justificaban la exigencia de documentos fiscales completos bajo el argumento de:

  • “Evitar errores en la facturación”

  • “Políticas internas”

Sin embargo, estas justificaciones no tienen respaldo legal. La reforma de 2026 busca disuadir estas conductas, mejorar la calidad de la información fiscal y fortalecer el cumplimiento, sin afectar a los contribuyentes cumplidos.

 

Qué hacer si un negocio sigue pidiéndote la constancia fiscal

Si un negocio se niega a emitir tu factura o la condiciona a la entrega de tu Constancia de Situación Fiscal, puedes denunciar.

De acuerdo con el CFF, estas conductas pueden reportarse al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través del correo:

Además, la Prodecon ofrece asesoría gratuita para orientar y acompañar a las personas contribuyentes mediante:

  • Correo electrónico

  • Atención telefónica

  • Chat en línea

Desde 2026, pedirte la constancia para facturar ya no es una política interna, es una infracción fiscal.

 

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