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Senado aprueba reforma para que funcionarios porten armas. Aquí te decimos de que dependencias


Con 105 votos a favor, el Senado dio luz verde a una reforma histórica que permitirá a funcionarios y seguridad privada portar armas bajo estricta regulación.
Por Redacción | 1 Mayo, 2025
Nacional
Senado aprueba reforma para que funcionarios porten armas. Aquí te decimos de que dependencias

El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma de gran alcance a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, con el objetivo de modernizar la regulación armamentista en México y fortalecer la seguridad nacional. La iniciativa, propuesta por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, fue respaldada por todas las fuerzas políticas y recibió 105 votos a favor.

Nueva legislación sobre armas en México: Sedena controlará permisos especiales

Entre los cambios más destacados, se establece que empleados de organismos públicos estratégicos, como la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex), el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la Casa de Moneda, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y el Banco de México (Banxico), podrán solicitar licencias para portar armas de fuego. También se incluye al personal de seguridad privada, siempre y cuando justifiquen su uso y cumplan con requisitos establecidos por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

El artículo 24, fracción II, estipula que dichas licencias estarán sujetas a estrictos protocolos de seguridad. El uso autorizado será válido únicamente en el cumplimiento de funciones específicas previamente aprobadas por la Sedena.

 

 

Endurecen penas por portación ilegal y uso indebido de armamento

La reforma no solo amplía los sectores con acceso a la portación legal de armas, sino que también impone sanciones más severas por delitos relacionados con armas de fuego. Las penas de prisión van de cuatro a ocho años, con multas de hasta 1,500 UMAs, para quienes posean o porten armas sin autorización.

Para casos más graves, como la introducción de armamento prohibido al país, las penas alcanzan hasta 30 años de prisión. Se establecen de seis a doce años de cárcel por el uso indebido de explosivos o sustancias químicas reservadas para las Fuerzas Armadas. Funcionarios que dispongan ilegalmente de armamento oficial también enfrentarán entre siete y quince años de cárcel.

La legislación actualizada también atiende actividades tradicionales y comerciales. En el caso de la charrería, se permitirá el uso de revólveres descargados como parte del atuendo cultural. Para la cacería y el sector de seguridad privada, se regulan estrictamente el uso, transporte y almacenamiento de armas.

Asimismo, se prohíbe expresamente la fabricación y uso de dispositivos ilegales, incluidos aditamentos que conviertan armas semiautomáticas en automáticas, incluso si son creados con impresoras 3D. También se veta el uso de miras térmicas, holográficas o de visión nocturna, por su potencial uso en actividades delictivas.

Con esta aprobación, el proyecto será turnado al Ejecutivo Federal, encabezado por Claudia Sheinbaum, para su promulgación. México entra así en una nueva etapa de control armamentista, buscando equilibrar la seguridad institucional y la prevención de la violencia armada.

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