Un tribunal federal ordenó a la CFE restituir pensiones completas a un grupo de jubilados luego de considerar que los recortes aplicados a sus ingresos representan un acto equiparable a “tortura psicológica”. La resolución obliga a la empresa del Estado a devolver de inmediato los montos originales mientras se resuelve el juicio de amparo.
La decisión beneficia a extrabajadores que reportaron reducciones de entre 44 y 78.5 por ciento en sus pagos mensuales, derivadas de la reforma al artículo 127 de la Constitución promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
Tribunal considera que el recorte de pensiones afecta la salud y subsistencia
El caso fue resuelto por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, que revocó una negativa inicial del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en Nuevo León.
Los magistrados concluyeron que la disminución abrupta de los ingresos de los pensionados genera:
- Zozobra constante.
- Incertidumbre económica.
- Intranquilidad emocional permanente.
- Riesgo para su salud y calidad de vida.
De acuerdo con la resolución, la privación de una parte sustancial de la pensión puede equipararse a un acto de tormento psicológico cuando afecta a personas adultas mayores en condición de vulnerabilidad.

Jubilados de la CFE argumentaron violación a derechos adquiridos
Los demandantes explicaron que la mayoría no ocupó cargos de confianza durante su vida laboral y, por lo tanto, sus pensiones deberían mantenerse bajo el régimen transitorio y convenios laborales previos.
Además, señalaron que dependen de esos recursos para cubrir:
- Tratamientos médicos, incluidos oncológicos.
- Seguros de gastos médicos.
- Alimentación.
- Vivienda.
- Créditos hipotecarios.
- Apoyo a familiares dependientes.
Por ello, sostuvieron que los descuentos comprometían directamente su subsistencia.

Pensiones son un derecho adquirido, no una expectativa
En su resolución, los magistrados destacaron que las pensiones constituyen un derecho adquirido y no una expectativa futura.
Indicaron que cualquier modificación al monto pensionario debe cumplir con principios de:
- Legalidad.
- Razonabilidad.
- Proporcionalidad.
El tribunal enfatizó que una reducción patrimonial de esta magnitud no puede aplicarse de manera automática ni sin un procedimiento adecuado.
CFE deberá devolver los montos originales mientras se resuelve el amparo
La suspensión de plano concedida obliga a la CFE a detener inmediatamente los descuentos y restituir el pago íntegro de las pensiones a los jubilados beneficiados.
Esta medida es provisional y permanecerá vigente hasta que el Poder Judicial emita una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de los recortes.
Reforma al artículo 127 desató inconformidad entre pensionados
La reforma al artículo 127 constitucional busca establecer límites a jubilaciones y pensiones de entidades públicas, con el objetivo de evitar las llamadas “pensiones doradas”.
Sin embargo, pensionados de organismos como la CFE y Petróleos Mexicanos han denunciado que la aplicación de esta norma afecta derechos previamente reconocidos y vulnera su estabilidad económica.
¿Qué significa este fallo para otros jubilados?
Aunque la resolución beneficia de manera directa únicamente al grupo que promovió el amparo, el criterio del tribunal podría servir como referencia para otros pensionados que enfrentan recortes similares.
Especialistas consideran que este precedente fortalece el argumento de que las pensiones protegidas por contratos y disposiciones transitorias constituyen derechos adquiridos.
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