CIUDAD DE MÉXICO.- El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los nuevos lineamientos para expedir visas en México, con el objetivo de modernizar y reforzar los procesos migratorios. A partir de ahora, el país apostará por una mayor digitalización de trámites, controles más estrictos en la verificación de documentos y coordinación interinstitucional entre la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el Instituto Nacional de Migración (INM) y la Secretaría de Gobernación (Segob).
¿A quiénes aplican los nuevos lineamientos?
Las disposiciones anunciadas se aplican a toda persona extranjera que solicite una visa para ingresar o permanecer en México bajo las siguientes categorías:
Visitante, con o sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Residente temporal, incluyendo estudiantes.
Residente permanente, por reunificación familiar, puntos u otros supuestos legales.
Principales cambios en el proceso de visado
Los nuevos lineamientos migratorios incorporan una serie de ajustes tanto tecnológicos como administrativos para fortalecer el control y la eficiencia del sistema. Entre los más relevantes destacan:
Digitalización de trámites:
Eliminación de documentos impresos como fotografías.
Integración de expedientes electrónicos.
Recopilación de datos biométricos como huellas digitales, firma electrónica e iris ocular.
Mayor seguridad documental:
Todo documento público extranjero deberá estar apostillado o legalizado.
Si no está en español, deberá ser traducido oficialmente.
Refuerzo en el control migratorio:
Verificación rigurosa de antecedentes.
Validación de la autenticidad documental para prevenir fraudes.
Lanzamiento de la nueva visa electrónica:
Aplicable a visitantes sin permiso para actividades remuneradas.
Se podrá tramitar, pagar y descargar completamente en línea.
Incluirá código QR para facilitar la verificación en aeropuertos.
Emitida únicamente por la SRE, válida solo para ingresos por vía aérea.

¿Dónde pueden realizarse los trámites?
Los trámites de visa podrán realizarse en:
Embajadas y consulados de México en el extranjero.
Oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) dentro del país.
Documentación básica requerida
Para realizar el trámite de visa, los solicitantes deberán presentar:
Pasaporte vigente.
Identificación oficial.
Pago de derechos correspondientes.
Comprobante del motivo del viaje, como:
Carta de invitación.
Contrato laboral.
Comprobantes de solvencia económica.
Si los documentos son extranjeros:
Apostilla o legalización.
Traducción al español, si es necesario.
¿Qué tipos de visa contempla el nuevo esquema?
Con base en los artículos 40 y 41 de la Ley de Migración, los lineamientos distinguen dos rutas para el trámite:
A través de consulados
Visa de visitante sin permiso para actividades remuneradas.
Visa para trámites de adopción.
Visa electrónica (vía aérea).
Visa de residencia temporal, temporal estudiante y permanente.
Con autorización del INM
Visa de visitante sin permiso para trabajar (por causas humanitarias).
Visa de visitante con permiso para trabajar (por oferta de empleo).
Visa de residencia temporal (por trabajo o unidad familiar).
Visa de residencia permanente (por puntos, refugio o reunificación).
Objetivos de los nuevos lineamientos
El gobierno federal señala que el propósito de estas modificaciones es:
Homologar criterios migratorios en todas las representaciones consulares y oficinas nacionales.
Mejorar los mecanismos de seguridad fronteriza y documental.
Avanzar hacia un modelo de gobierno digital, que reduzca tiempos, costos y trámites presenciales.
*OCR














