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Condenan en Ibiza a mujer que acusó falsamente al DJ Guy Gerber de violación en redes sociales


Condenan en Ibiza a una mujer por acusar falsamente al DJ Guy Gerber de violación en redes sociales; la jueza confirma que el delito nunca ocurrió.
Por Redacción | 12 Enero, 2026
Tendencias
Condenan en Ibiza a mujer que acusó falsamente al DJ Guy Gerber de violación en redes sociales

 

Una mujer fue condenada en Ibiza a 15 meses y un día de prisión por un delito continuado de calumnias con publicidad, tras acusar falsamente en redes sociales al reconocido DJ Guy Gerber de haberla drogado y agredido sexualmente durante una fiesta en Mykonos en 2013.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza, es contundente: la violación denunciada nunca ocurrió. La jueza concluyó que la acusación fue difundida a sabiendas de su falsedad y con la intención de dañar la reputación del artista mediante una campaña viral.

 

Una acusación viral que terminó en los tribunales

La publicación original, difundida en Instagram y compartida por más de 900 mil personas, se convirtió en el eje de la campaña Our time is now (“Nuestro tiempo es ahora”), con la que la mujer animó a supuestas víctimas del DJ a hacer públicas sus experiencias.

Sin embargo, la justicia determinó que no existían pruebas, que nunca se interpuso una denuncia formal y que se utilizó la viralidad como herramienta para linchamiento público, atentando contra el honor y la imagen profesional de Guy Gerber.

 

La jueza desmonta el relato de la denunciante

La magistrada Clara Ramírez de Arellano concluyó que la mujer “atribuyó a Gerber un delito de violación a sabiendas de su falsedad”.

Según la resolución, la denunciante:

  • Nunca acudió a la policía

  • No buscó atención médica

  • No informó a personas de su entorno cercano

  • Contaba con asesoramiento legal, ya que trabajaba en un despacho de abogados

La jueza subrayó que resulta “sorprendente” que, dada la gravedad de los hechos relatados en redes, no activara ningún canal legal o sanitario.

Como parte de la condena, el fallo ordena que la sentencia sea publicada íntegramente en las redes sociales de la condenada durante seis meses.

 

El relato difundido en redes sociales

En su versión pública, la mujer afirmó haber conocido a Guy Gerber el 27 de julio de 2013 en Mykonos. Sostuvo que el DJ le ofreció “una raya de droga estimulante y un trago de alcohol”, tras lo cual comenzó a sentirse mal.

Aseguró que perdió movilidad, fue acompañada a una habitación y que despertó horas después desnuda, desorientada y con dolor físico, sin recordar lo ocurrido. También afirmó haber presentado hematomas durante varios días.

 

La versión del DJ Guy Gerber

El DJ, representado por el abogado Jaime Campaner, negó desde el inicio cualquier agresión. Su defensa sostuvo que la relación fue plenamente consentida y que no existió suministro de sustancias ni violencia.

La jueza dio por acreditado que ambos mantuvieron relaciones sexuales consentidas en la vivienda de una amiga común durante una fiesta celebrada la noche del 21 de julio de 2013.

Según los hechos probados, Guy Gerber no cometió delito alguno y actuó en todo momento con el consentimiento de la otra parte.

 

Contradicciones y ausencia total de pruebas

La sentencia desmonta el relato de la mujer al señalar que:

  • No existen informes médicos

  • No hubo testigos

  • No se realizaron análisis toxicológicos

  • No hay evidencia del uso de Rohypnol, sustancia asociada a la sumisión química

La magistrada subraya que ninguna prueba respalda la pérdida de conciencia ni el estado físico descrito en redes sociales.

 

Daño grave a la imagen del artista

Pese a que la acusación resultó ser falsa, la repercusión fue devastadora para la carrera de Guy Gerber. La sentencia recoge que:

  • Se cancelaron varios contratos, incluidos eventos en Ibiza

  • El DJ perdió ingresos elevados

  • Se produjo un grave daño moral a él y a su familia

No obstante, el artista renunció a reclamar indemnización económica, hecho que la jueza valoró de forma positiva en la resolución.

 

Una segunda acusación con el mismo patrón

Durante el juicio, la mujer admitió haber acusado públicamente a otro hombre en marzo de 2022, también en Ibiza y bajo un patrón idéntico: presunta sumisión química con Rohypnol.

En ese caso tampoco presentó denuncia ni se realizaron exámenes médicos. La jueza destacó que resulta llamativo que en dos episodios distintos, con hombres diferentes, no se haya activado ningún procedimiento legal.

 

Libertad de expresión frente a linchamiento público

La sentencia aclara que ninguna víctima está obligada a denunciar de inmediato, pero sí debe actuar dentro del marco legal si decide hacer públicos los hechos.

La magistrada considera que esperar nueve años para difundir una acusación en redes sociales, sin acudir antes a las autoridades, pone en duda seriamente la veracidad del relato y vulnera los derechos del acusado.

Aunque la condena no implica ingreso inmediato en prisión —al ser inferior a dos años y no existir antecedentes—, la mujer deberá cumplir con las sanciones impuestas y asumir las costas judiciales.

 

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