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¿Nuevo impuesto a celulares? Qué sabemos del cobro de hasta 2% que preparan para dispositivos en México


Celulares, laptops, tabletas y memorias podrían quedar sujetos a una remuneración por copia privada; el cobro no está aprobado ni vigente y los reportes apuntan a que Cultura e INDAUTOR buscarían impulsarlo mediante el reglamento de derechos de autor
Por Redacción | 18 Agosto, 2026
Nacional
¿Nuevo impuesto a celulares? Qué sabemos del cobro de hasta 2% que preparan para dispositivos en México

 

No existe en México un nuevo impuesto de 2% aprobado para celulares, computadoras o tabletas. Lo que surgió este 18 de agosto son reportes sobre un proyecto que buscaría cobrar hasta 2% del valor de determinados dispositivos electrónicos por su capacidad para almacenar o reproducir obras protegidas por derechos de autor.

La propuesta ha comenzado a ser llamada “Moche Digital”, aunque esa no es una denominación jurídica oficial. El mecanismo se relaciona con la remuneración compensatoria por copia privada, una figura que ya existe en la legislación mexicana, pero que actualmente no impone una tarifa general de 2% sobre cada celular, laptop o tableta vendida en el país.

La parte que vuelve especialmente relevante la discusión es el camino que, según los primeros reportes, se pretende seguir: una propuesta parecida fue rechazada por la Cámara de Diputados en 2021 y ahora se buscaría desarrollar el mecanismo mediante modificaciones al Reglamento de la Ley Federal del Derecho de Autor.

 

¿Qué quieren cobrar a celulares, laptops y tabletas?

El planteamiento reportado contempla una remuneración aplicable a dispositivos tecnológicos por su capacidad potencial para almacenar, copiar o reproducir obras protegidas, sin que sea necesario demostrar que el propietario efectivamente descargó o copió música, películas, libros, fotografías u otros contenidos.

Los equipos mencionados hasta ahora incluyen teléfonos celulares, computadoras, laptops, tabletas y memorias USB, además de otros dispositivos o soportes con funciones de almacenamiento o reproducción digital. Sin embargo, todavía no existe un catálogo oficial publicado que permita asegurar cuáles quedarán definitivamente incluidos.

La tarifa podría alcanzar hasta 2% del precio del aparato, de acuerdo con los reportes divulgados este martes. La palabra “hasta” es fundamental: no se ha publicado una tabla que establezca que todos los dispositivos pagarían exactamente 2% ni que esa será la tasa definitiva.

 

No es un impuesto que ya esté vigente

Pese a que numerosos encabezados han comenzado a hablar de un “nuevo impuesto a celulares”, hasta este 18 de agosto no existe un cobro de 2% vigente ni una fecha oficial para comenzar a aplicarlo.

La propia información difundida sobre el proyecto reconoce que se trata de una propuesta en discusión y que todavía falta conocer su redacción definitiva, qué equipos comprendería y cómo sería instrumentada la recaudación.

Tampoco se trata, al menos en los términos conocidos hasta ahora, de un nuevo IVA, IEPS o arancel. El mecanismo tendría como fundamento la remuneración compensatoria por copia privada contemplada en la legislación sobre derechos de autor.

El artículo 40 vigente de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que los titulares de derechos patrimoniales y conexos pueden exigir una remuneración compensatoria por determinadas copias o reproducciones realizadas sin autorización. El Reglamento, en sus artículos 19 y 20, define la remuneración por copia privada y permite que sea recaudada directamente por los titulares o mediante una sociedad de gestión.

Lo que la legislación vigente no establece es una tarifa general de hasta 2% sobre celulares, laptops o memorias USB. Precisamente ese vacío es el que las propuestas anteriores han intentado desarrollar.

 

El cobro sería para importadores, pero podría llegar al precio final

Según la información publicada por EL CEO, el responsable directo del pago sería el importador o el primer comercializador del dispositivo. Eso significa que el consumidor probablemente no encontraría una línea separada en su compra llamada “impuesto por copia privada”.

La consecuencia, sin embargo, podría sentirse en el precio.

Si fabricantes, importadores o comercializadores incorporan el nuevo costo dentro de sus estructuras comerciales, el incremento puede trasladarse total o parcialmente al comprador final. Este posible efecto es una de las principales preocupaciones planteadas por representantes de la industria tecnológica.

El alcance potencial es amplio. De acuerdo con la ENDUTIH 2025 del INEGI, 84.6% de las personas de seis años o más en México utilizó teléfono celular, mientras que 38.1% empleó computadora de escritorio, laptop o tableta.

Así, cualquier costo adicional sobre estos dispositivos podría alcanzar herramientas que hoy son utilizadas cotidianamente para trabajar, estudiar, comunicarse, realizar operaciones bancarias o acceder a servicios públicos y privados.

 

Podrías pagar aunque nunca copies una canción o película

Uno de los puntos más controvertidos del esquema es que el cobro estaría asociado a la capacidad del dispositivo y no a su uso real.

Una persona que compre una computadora exclusivamente para trabajar, una tableta para estudiar o un teléfono para comunicarse podría adquirir un equipo sujeto a la remuneración aunque jamás utilice el aparato para realizar una copia privada de una obra protegida.

El argumento de quienes promueven este tipo de mecanismos es diferente: los dispositivos digitales permiten realizar copias privadas de obras protegidas a gran escala y, por ello, los autores y titulares de derechos deberían recibir una compensación.

El debate se complica porque millones de consumidores ya pagan por plataformas licenciadas de música, películas, series, libros y otros contenidos. Entre las preocupaciones reportadas por la industria se encuentra precisamente la posibilidad de un doble costo: pagar por el acceso legal al contenido y además asumir indirectamente una remuneración incorporada al precio del dispositivo.

 

Diputados ya rechazaron una propuesta similar en 2021

La discusión no es nueva.

En abril de 2020, el entonces diputado de Morena Sergio Mayer Bretón, junto con integrantes de la Comisión de Cultura y Cinematografía, presentó una iniciativa para reformar la Ley Federal del Derecho de Autor en materia de remuneración compensatoria por copia privada. La propuesta pretendía establecer con mayor precisión quién tendría que pagar y cómo funcionaría el mecanismo.

El proyecto llegó a votación el 30 de abril de 2021 y fue rechazado.

El registro oficial de la Cámara de Diputados muestra 88 votos a favor, 291 en contra y 59 abstenciones. La iniciativa fue desechada.

Ese antecedente es clave para entender la polémica actual.

Mientras aquel intento buscó modificar directamente la ley mediante el Congreso, los reportes publicados ahora señalan que Secretaría de Cultura e INDAUTOR buscarían instrumentar el mecanismo mediante cambios al reglamento.

La viabilidad jurídica de esa ruta dependerá del contenido concreto del proyecto. Mientras no exista un texto oficial publicado, no es posible determinar hasta dónde pretendería llegar el reglamento ni cuáles serían sus fundamentos específicos.

 

¿Quién impulsa el llamado “Moche Digital”?

Las publicaciones aparecidas este 18 de agosto señalan a la Secretaría de Cultura, al Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) y a la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM) entre los actores involucrados en el planteamiento.

EL CEO reportó además, citando fuentes consultadas para su información, que parte de los recursos llegaría a sociedades de gestión colectiva y que 5% de la recaudación sería destinado a la Secretaría de Cultura. Ese dato todavía no aparece respaldado por un proyecto normativo público y, por ello, debe mantenerse atribuido al reporte periodístico.

El mismo medio señala que estimaciones de la industria calculan un impacto económico anual de entre 700 y 750 millones de dólares. Tampoco se trata de una estimación oficial del Gobierno: es un cálculo atribuido al sector empresarial y no se ha publicado junto con una metodología que permita verificar qué dispositivos, ventas o tarifas fueron consideradas.

 

¿Van a subir de precio los celulares en México?

No puede afirmarse todavía.

Para que exista un impacto real primero tendría que conocerse y concretarse el mecanismo, determinarse qué dispositivos estarán sujetos, quién deberá pagarlo, cuál será la tarifa aplicable y cuándo comenzaría a operar.

Hasta este 18 de agosto, no existe una tarifa general de 2% vigente ni una fecha anunciada para comenzar el cobro. Lo que hay es información periodística sobre un proyecto en preparación.

Si finalmente se establece una remuneración sobre la importación o primera comercialización y las empresas trasladan ese costo, entonces celulares, laptops, tabletas y otros dispositivos podrían encarecerse para el consumidor. Pero presentar hoy ese aumento como un hecho consumado sería adelantarse a una regulación que todavía no ha sido publicada.

El siguiente paso decisivo será conocer el documento oficial. Solo entonces se podrá determinar qué productos pagarían, cuánto, quién recaudaría el dinero, qué excepciones existirían y si el Ejecutivo realmente intentará implementar por reglamento un mecanismo semejante al que la Cámara de Diputados rechazó hace cinco años.

 

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