La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) pueda bloquear cuentas bancarias sin autorización judicial previa, una decisión que ha encendido el debate sobre sus implicaciones legales y sociales.
De acuerdo con José Mario de la Garza, esta resolución amplía significativamente las facultades del Ejecutivo y podría afectar directamente a cualquier ciudadano.
UIF podrá bloquear cuentas por operaciones sospechosas
Durante una entrevista en Aristegui en Vivo, De la Garza explicó que la medida no se limita a casos de delincuencia organizada o grandes empresas.
El especialista advirtió que cualquier persona identificada por la UIF con operaciones consideradas irregulares o sospechosas podría enfrentar el congelamiento de sus cuentas, sin necesidad de un control judicial previo.

Reforma a la Ley de Amparo agrava el impacto
El abogado señaló que esta decisión debe analizarse junto con la reforma a la Ley de Amparo, la cual limita las posibilidades de defensa inmediata para los afectados.
Bajo este esquema, una persona cuya cuenta sea bloqueada no podrá obtener una suspensión judicial que le permita usar sus recursos mientras se resuelve el caso.
Esto implica que los ciudadanos podrían quedarse sin acceso a su dinero durante largos periodos.
Juicios podrían tardar hasta dos años con cuentas congeladas
De la Garza explicó que un juicio de amparo puede tardar entre uno y dos años. Durante ese tiempo, las cuentas permanecerían bloqueadas.
Esta situación, advirtió, puede afectar directamente la vida cotidiana de las personas, ya que impediría cubrir gastos básicos como vivienda, alimentación o pagos de créditos.

SCJN se aparta de criterios previos
El especialista recordó que anteriormente existían criterios jurisprudenciales que limitaban esta facultad.
Antes, el bloqueo de cuentas solo procedía ante solicitudes internacionales justificadas y los afectados podían obtener una suspensión judicial.
Sin embargo, la SCJN decidió abandonar estos precedentes, lo que abre la puerta a un uso más amplio de esta herramienta por parte de la UIF.
Señalan discrecionalidad y falta de controles
Uno de los principales señalamientos es el carácter discrecional de la medida.
Según De la Garza, la falta de límites claros permite que el bloqueo se base únicamente en sospechas, sin necesidad de pruebas revisadas por un juez.
Advirtió que esto podría afectar incluso a periodistas, organizaciones civiles o personas críticas del gobierno.

Comparación internacional: México sin control judicial previo
El abogado subrayó que, en otros países, el bloqueo de cuentas requiere autorización judicial previa.
Este procedimiento garantiza el derecho de audiencia y la revisión de pruebas antes de tomar una medida de este tipo.
En México, explicó, el congelamiento puede ocurrir sin estos filtros, lo que representa una diferencia relevante frente a estándares internacionales.
De la Garza también aclaró que recibir un depósito atípico no constituye automáticamente un delito.
El riesgo, dijo, radica en que se asuma culpabilidad sin una investigación previa, lo que podría vulnerar derechos fundamentales.
Debate en la Corte y cuestionamientos a su independencia
Finalmente, el especialista criticó que la discusión en la SCJN haya incluido posturas ideológicas, en lugar de centrarse únicamente en criterios constitucionales.
También vinculó la decisión con un posible debilitamiento institucional tras cambios recientes en el Poder Judicial, lo que, a su juicio, podría influir en resoluciones de alto impacto.
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