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No habrá servicio de comida ni bebidas en zonas de fumadores de restaurantes


La SCJN validó el decreto de AMLO que prohíbe servir comida y bebidas en zonas de fumadores. Restaurantes ya no podrán ampararse contra esta medida que busca proteger la salud pública.
Por Redacción | 26 Septiembre, 2025 | 16:35 h
Nacional
No habrá servicio de comida ni bebidas en zonas de fumadores de restaurantes

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), presidida por Hugo Aguilar Ortíz, determinó que en las zonas de fumadores de restaurantes y establecimientos no se podrá servir comida ni bebidas. Estos espacios serán exclusivos para fumar, sin actividades sociales ni de esparcimiento, con el objetivo de proteger la salud pública, especialmente la de niñas, niños, adolescentes y personas no fumadoras.

 

 

 

 

 

En un comunicado, la Corte precisó:

“El Pleno protege el derecho a la salud al garantizar que las personas fumadoras tengan espacios exclusivos donde no se presten servicios, consuman alimentos ni bebidas o se realicen actividades sociales o de esparcimiento”.

 

Fundamento legal de la decisión

La validación se basa en los artículos 60 y 65 Bis del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, normativa reforzada por un decreto emitido en 2022 por el expresidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

Aunque en su momento, bajo la presidencia de Norma Piña, la SCJN anterior consideró que el decreto era excesivo, la actual integración analizó una contradicción de criterios entre tribunales colegiados y resolvió ratificar la medida.

 

 

 

 

Restauranteros ya no podrán ampararse

En mayo de 2024, un particular interpuso un amparo contra la prohibición de servir alimentos y bebidas en las áreas para fumadores, argumentando que la medida era excesiva. Sin embargo, este 25 de septiembre, el Pleno de la Corte votó 8 a favor y 1 en contra, con la ministra Lenia Batres Guadarrama como ponente del proyecto y la ministra Loretta Ortiz Ahlf en desacuerdo.

 

 

 

 

Con esta resolución:

  • Los jueces deberán desechar futuros amparos sobre el tema.

  • Usuarios y restauranteros no podrán reclamar judicialmente el derecho a vender o consumir alimentos en áreas para fumadores.

  • Se garantiza que las zonas exclusivas de fumar se limiten únicamente a esa práctica.

 

 

Impacto en salud y restauranteros

La decisión refuerza la política pública contra el tabaquismo, cuyo objetivo central es reducir la exposición al humo de segunda mano en lugares públicos. Para los restaurantes, la resolución implica ajustar su operación, ya que los espacios para fumar no podrán generar ingresos adicionales por venta de comida o bebidas.

 

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