La Cámara de Diputados aprobó este 7 de octubre, en lo general, una reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor que ha sido denominada “Ley Antimemes”. El dictamen recibió 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención, pero su contenido no establece una prohibición expresa para crear memes ni contempla cárcel para quienes publiquen sátiras o burlas políticas.
La modificación se concentra en la responsabilidad de los proveedores de servicios de internet cuando sus usuarios infringen derechos de autor. El punto central es que estas empresas deberán contar con políticas públicas para suspender o cancelar el servicio a infractores reincidentes y podrían asumir responsabilidad cuando contribuyan deliberadamente a una infracción o se beneficien económicamente de ella.
¿Por qué le llaman “Ley Antimemes”?
El sobrenombre surgió durante la discusión política porque fotografías, canciones, ilustraciones, videos y otras obras protegidas pueden formar parte de memes, parodias o contenidos modificados. Legisladores opositores advirtieron que las nuevas obligaciones podrían llevar a plataformas y proveedores a retirar publicaciones de forma preventiva para reducir riesgos legales.
Morena y sus aliados rechazaron que el objetivo sea censurar y sostuvieron que la reforma busca proteger derechos de autor y combatir infracciones digitales. La propia propuesta señala que la responsabilidad no debe convertirse en una obligación general de supervisar todo lo que circula en internet.
El régimen que actualmente protege a los intermediarios digitales tampoco nació con esta reforma. El artículo 114 Octies ya establece condiciones bajo las cuales los proveedores no responden por las infracciones cometidas por usuarios de sus sistemas. El cambio aprobado endurece y precisa algunas de esas condiciones. El texto vigente de la Ley Federal del Derecho de Autor permite revisar el esquema que funciona actualmente.
Multas de hasta 40 mil UMA no son por publicar cualquier meme
Otro punto que ha alimentado la polémica son las sanciones. La reforma establece multas que pueden llegar a 40 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) en determinados supuestos relacionados con el uso, reproducción, distribución o comunicación no autorizada de obras protegidas.
Las cantidades difundidas rondan los 4.6 millones de pesos para las infracciones de mayor rango. Sin embargo, eso no significa que cualquier usuario que comparta un meme recibirá automáticamente una multa millonaria. El esquema contempla distintos supuestos, responsabilidades y conductas, mientras que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) tendría facultades sancionadoras.
Para que un proveedor responda por una infracción de sus usuarios, el dictamen contempla factores como haber contribuido, inducido o causado conscientemente la conducta, o tener capacidad para controlarla y obtener un beneficio financiero directamente relacionado con ella.
Hay dos reformas distintas llamadas “Ley Antimemes”
Parte de la confusión se debe a que en las últimas semanas dos reformas diferentes han recibido el mismo apodo.
La discutida este miércoles en la Cámara de Diputados modifica la Ley Federal del Derecho de Autor y se concentra en proveedores de internet, infracciones digitales y responsabilidad secundaria.
La otra fue aprobada por el Senado el 30 de septiembre y modifica disposiciones relacionadas con propiedad industrial y el Código Penal Federal. Esa reforma contempla sanciones para quien utilice o imite, a escala comercial, identidad gráfica institucional, dominios o documentos oficiales con la finalidad de inducir al engaño para cometer un ilícito. En ese supuesto sí se contemplan penas de uno a cinco años de prisión y multas de hasta 10 mil UMA.
Por eso resulta incorrecto unir ambas normas y afirmar que el Congreso aprobó simplemente “cárcel y multas millonarias por hacer memes contra el gobierno”. Una verificación publicada este miércoles documentó que la reforma sobre identidad institucional incluye elementos adicionales —como intención de engañar y cometer un ilícito— que deben concurrir para configurar la conducta sancionada.
Andy López Beltrán y Rubén Rocha aparecieron en el debate, no en la ley
Los nombres de Andrés Manuel López Beltrán y del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, aparecieron durante la discusión porque legisladores de oposición los utilizaron como ejemplos para sostener que la reforma podría emplearse contra contenidos críticos dirigidos a personajes de Morena.
Ese señalamiento corresponde a una acusación política de la oposición. No hay elementos en el articulado revisado que mencionen a López Beltrán, Rocha Moya o establezcan una protección particular para alguno de ellos. infobae
La discusión, por tanto, tiene dos planos distintos: el contenido jurídico aprobado y la disputa sobre sus posibles efectos. Mientras los impulsores argumentan que se fortalece la protección de los autores frente a infracciones digitales, sus críticos consideran que el riesgo de sanciones puede incentivar a empresas de internet a retirar contenidos antes de que exista una resolución definitiva.
Al cierre de la información disponible, la Cámara había aprobado el dictamen en lo general y continuaba con la discusión de reservas en lo particular. El texto definitivo deberá revisarse una vez concluida esa etapa para determinar si hubo modificaciones antes de continuar el procedimiento legislativo
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