Con la Reforma Fiscal para 2022 se estableció la creación del nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
Con la entrada en vigor del nuevo esquema de tributación, se prevé la desaparición del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
Sin embargo, en la reforma se estableció que aquellos contribuyentes que al 31 de agosto de 2021 estuvieron tributando en el RIF, a partir del 1 de enero de 2022 podrán optar por continuar pagando sus impuestos de conformidad con dicho régimen.
Para que los contribuyentes puedan seguir gozando de los beneficios que brinda el RIF, deberán presentar un aviso ante la autoridad, manifestando que quieren seguir en su régimen de tributación.
De acuerdo con un artículo publicado por Fiscalía, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el aviso para permanecer en el RIF desde el 1 de enero de 2022.
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El artículo indica que el aviso se presenta mediante la “Declaración de permanencia en el RIF”, a través del portal de internet del SAT.
Para esto, es necesario ingresar al “Aviso de actualización de actividades económicas” ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
La Fiscalía explicó que aquellas personas que sean RIF, en la primera pantalla del sistema, después de indicar la fecha del movimiento y pulsar el botón “Continuar”, verán un formato con dos opciones para continuar en el RIF o para optar por otro régimen, como se muestra en la siguiente imagen:
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