Entre las dudas que surgen cuando contratas un Afore, es qué pasaría cuando el trabajador titular de una cuenta fallece, a dónde pararán sus recursos, si estos se heredan a sus beneficiarios registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
De acuerdo con lo establecido por la Ley del Seguro Social, los beneficiarios podrán disponer de esos recursos, esto si algún día llegan a faltar los titulares, por lo que, según con KonDinero solo los familiares directos tienen derecho a ser tus beneficiarios legales, es decir, recibir el fondo de retiro y en algunos casos, una pensión.
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Cabe resaltar que, las Leyes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Issste), son las que designa quién será el beneficiario, puede ser esposa o esposo, hijos menores de 16 años o hasta los 25 años si estudian la universidad o en el último de los casos, sus padres.
En cuanto a las aportaciones voluntarias, existen los beneficiarios sustitutos, designados por el trabajador directamente en la administradora, estos podrán retirar los recursos voluntarios, pero los recursos obligatorios no.
De acuerdo con la Ley del IMSS, indicó que, una vez que los titulares de la cuenta individual fallecen hay un plazo de 10 años reclamar los recursos, si una persona no tiene beneficiarios legales, y no reclaman los recursos, estos prescriben a favor del IMSS.
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Aunado a lo anterior, si los familiares, por ejemplo, tus hijos ya son mayores de 25 años y tu madre recibe una pensión o eres madre o padre soltero, viuda o viudo, ninguno de tus familiares podría heredar legalmente los recursos, entonces ¿qué se hace en estos casos? Emprender un juicio.
Sin embargo, si existen algunas dudas a partir de la iniciativa acerca de que las cuentas bancarias que no muestran actividad en cierto tiempo, podrían ser tomadas por el Gobierno para financiar labores de seguridad, ¿qué pasa con el dinero de la Afore?
El presidente de la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), Bernardo González Rosas, descartó que los recursos de las cuentas pasen a manos de otras instituciones o se congelen por inactividad.
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¿Quiénes serán los beneficiarios?
En tanto, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorra para el Retiro (Consar), señaló que cuando un trabajador fallece los recursos de su cuenta se hereda a sus beneficiarios, ellos son los que establece la Ley del Seguro Social y estos:
- Viuda o viudo, si dependía económicamente del trabajador fallecido
- Hijos menores de 16 años, mayores de 16 solo si pueden mantenerse por su propio trabajo o estudian hasta los 25 años
- Padre o madre, si viven en el mismo domicilio del trabajador
- A falta de cónyuge, la concubina o concubino, si dependía económicamente del trabajador
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Mientras que, el beneficiario sustituto aplica a falta de los legales, no tiene derecho a una pensión, pero sí dispone de los recursos de la cuenta Afore, por lo que es importante actualizar los datos de las cuentas de las Afores, como dirección, beneficiarios, etc.
Con información de La Silla Rota
*ARD