Una nueva propuesta presidencia esta por discutirse, esta vez va enfocada a las playas, estadios y centros de espectáculos, donde se prohibirá el consumo tanto de nicotina como de tabaco en el país.
De esto la Comisión de Mejora Regulatoria (Conamer) ya ha tenido conocimiento pero además en el documento se específica que esta medida tendrá más alcances, y no solo se resumirá al consumo.
Porque también prohíbe que en estos lugares se haga uso de todo tipo de publicidad, o promoción en espacios de redes sociales y streaming, no estará permitida la difusión de la imagen de estos productos.
El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador sustenta su planteamiento hecho a través de la Secretaría de Salud, que el tabaquismo es un mal crónico que está provocando severas consecuencias en la salud de los mexicanos.
Señala que tan solo el 80 por ciento de los casos de fumadores activos inician con esta práctica a los 18 años de edad, manteniéndola así como una forma de vida, provocando enfermedades que van desde tumores, pero en especial problemas respiratorios.
El Jefe del Ejecutivo federal argumenta que el consumo de tabaco tiene un costo económico enorme, en el que se incluyen los elevados costos sanitarios de tratar las enfermedades que causa y la pérdida de capital humano debido a su morbimortalidad.
El anteproyecto busca incluir en el artículo 65 bis, que por “razones de orden público e interés social”, quedará prohibido tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, como patios, terrazas o balcones.
Además de parques de diversiones, lugares donde permanezcan o se congreguen menores, deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, entre otros.
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El artículo 65 bis señala que “por razones de orden público e interés social, queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en los espacios de concurrencia colectiva, incluidos de manera enunciativa, mas no limitativa.
“Los patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niñas y niños, parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, en lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas, paraderos de transporte y demás que establezca la secretaría”.
El anteproyecto presidencial busca en su artículo 40 prohibir toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión tanto en medios impresos, visuales y audiovisuales, como cine, televisión, radio, pero también en redes sociales y de servicios de streaming.
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“Queda prohibido realizar toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación y difusión (…) tales como revistas, diarios, periódicos, folletos, volantes, boletines, cartas, vallas publicitarias, carteles, letreros, entre otros.
“Comunicación personal por correspondencia a través del Servicio Postal, así como a través de correo electrónico; radio, cine, televisión, teatro, espectáculos en vivo, películas cinematográficas, DVD, CD, entre otros, tanto terrestre como por satélite; redes sociales; actividades, plataformas o aplicaciones digitales; a través de servicios de streaming; exhibición en vehículos individuales o colectivos”.
Prohibirán hasta los cigarros de chocolate de golosina
El anteproyecto indica que también estará prohibida la “elaboración, venta y entrega de alimentos, golosinas, juguetes y otros objetos que se asemejen a un producto del tabaco y que puedan resultar atractivos para los menores de edad”.
Además, estará prohibido el uso de dibujos de tipo animado en publicidad o envases de productos del tabaco, así como utilizar expresiones periodísticas, artísticas o académicas o de comentarios sociales o políticos para promover la compra y consumo de los productos de tabaco.
Este anteproyecto indica que el decreto presidencial entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
*MG