Un juez de Tamaulipas declaró culpable a Gabriel “N”, padre de Dafne Zapata Quintos, por el delito de abuso sexual agravado cometido contra su hija, después de un proceso judicial que comenzó en 2019. La resolución se dio a conocer este lunes 12 de octubre de 2026, mientras que la pena que deberá enfrentar todavía está pendiente.
El fallo fue emitido por el juez Eliseo Sánchez Wong, durante una audiencia celebrada en el Centro Integral de Justicia de Ciudad Mante, donde se analizaron las pruebas y testimonios presentados a lo largo del procedimiento.
La decisión representa un avance en la exigencia de justicia de Alejandra Quintos, madre de Dafne, quien falleció en julio pasado dentro de una academia militarizada de Ciudad Madero. Sin embargo, el proceso por abuso sexual y la investigación por la muerte de la adolescente son dos casos diferentes.
Gabriel “N” rechazó el fallo y anunció que su defensa presentará una apelación al considerar que las pruebas no demostraban su responsabilidad.
¿Por qué fue declarado culpable el padre de Dafne Zapata?
El procedimiento comenzó en 2019, cuando Alejandra Quintos denunció hechos de violencia sexual contra su hija, quien entonces tenía seis años.
La acusación inicialmente se presentó por violación equiparada, pero posteriormente fue reclasificada como abuso sexual agravado, delito por el cual el juez determinó la responsabilidad penal de Gabriel “N”.
La resolución llegó después de varios años de actuaciones judiciales y de una etapa de audiencias en las que se presentaron testimonios y pruebas.
El fallo estaba previsto originalmente para el 9 de octubre, pero la audiencia fue aplazada hasta el lunes 12, cuando el juzgador dio a conocer su decisión.
La declaración de culpabilidad establece la responsabilidad del acusado en este procedimiento, aunque todavía falta determinar la sanción correspondiente.
Madre de Dafne Zapata celebra el fallo después de siete años
Al salir del Centro Integral de Justicia, Alejandra Quintos expresó su satisfacción por la decisión judicial, después de años de denunciar los hechos y exigir que el caso fuera resuelto.
“Después de muchos años, mi hija recibe justicia”, declaró la madre de la adolescente.
También agradeció el trabajo de su abogado, Víctor Paz, del Ministerio Público y del juez que resolvió el caso.
Para Alejandra Quintos, la decisión tiene un significado especial porque Dafne ya no pudo conocer el resultado del proceso.
La madre pidió a las familias escuchar a niñas, niños y adolescentes cuando denuncien alguna agresión, así como brindar respaldo a las víctimas de violencia sexual.
Aunque celebró el fallo, reconoció que el procedimiento aún debe continuar hasta que se determine la pena.
¿Qué sigue para Gabriel “N” después del fallo condenatorio?
La siguiente audiencia está programada para el jueves 15 de octubre de 2026, a las 11:00 horas, cuando se prevé abordar la individualización de sanciones.
En esta etapa se determinará la pena correspondiente al delito por el que Gabriel “N” fue declarado culpable.
Hasta el 12 de octubre no se había anunciado cuántos años de prisión podría recibir, por lo que no debe confundirse el fallo de culpabilidad con la imposición de una pena ya definida.
Gabriel “N” manifestó su desacuerdo con la resolución y aseguró que su defensa recurrirá a los mecanismos legales disponibles.
“Vamos a apelar, vamos a hacer lo correspondiente”, declaró al salir de la audiencia.
También cuestionó la valoración de las pruebas y sostuvo que el delito no había quedado demostrado, una postura distinta de la conclusión alcanzada por el juez.
La defensa anunció que buscará impugnar el fallo ante instancias judiciales superiores. Sin embargo, al momento de conocerse la resolución, la apelación todavía no había sido presentada formalmente.
¿Qué relación tiene el fallo con la muerte de Dafne Zapata?
La declaración de culpabilidad contra el padre de Dafne corresponde exclusivamente a los hechos de abuso sexual denunciados en 2019.
Es un procedimiento independiente de la investigación por la muerte de la adolescente, ocurrida el 16 de julio de 2026, cuando tenía 13 años y participaba en un campamento de verano en la Academia Militarizada Marina Doenitz, en Ciudad Madero, Tamaulipas.
Tras su fallecimiento, la Fiscalía General de Justicia de Tamaulipas inició una investigación por feminicidio.
Durante julio, las autoridades judiciales vincularon a proceso a Danna Yanina “N”, así como a Jorge Luis “N”, identificado como director de la academia, y Estrella “N”, relacionada con el área femenil del plantel.
Las vinculaciones se realizaron por su probable participación en el delito de feminicidio, de acuerdo con la investigación ministerial.
La vinculación a proceso no significa que las personas investigadas hayan sido declaradas culpables. Su responsabilidad deberá determinarse conforme avance el procedimiento judicial.
Tampoco existe, en la información sobre el fallo del 12 de octubre, una resolución que atribuya a Gabriel “N” responsabilidad por la muerte de Dafne.
Por ello, ambos expedientes deben abordarse por separado: uno corresponde a la agresión sexual denunciada años atrás y el otro a las circunstancias en que falleció la adolescente dentro de la academia.
Dos investigaciones y una exigencia de justicia para Dafne
La historia de Dafne Zapata reúne dos procesos judiciales desarrollados en momentos distintos.
El primero comenzó cuando era una niña y su madre presentó una denuncia por violencia sexual. Siete años después, un juez emitió un fallo de culpabilidad contra su padre.
El segundo surgió tras su muerte en julio de 2026 y continúa con personas vinculadas a proceso por su probable participación en el feminicidio.
En el caso de abuso sexual, la siguiente fecha relevante será el 15 de octubre, cuando se espera que se determine la sanción contra Gabriel “N”.
Posteriormente, la defensa podrá continuar con las impugnaciones que considere procedentes.
Mientras tanto, la investigación por la muerte de Dafne sigue su propio curso judicial, sin que las resoluciones de uno de los expedientes sustituyan las pruebas o decisiones que correspondan al otro.
*ARD